Real Decreto 614/2024 normativa Legionella

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El Real Decreto 614/2024, de 2 de julio, modifica la normativa sobre legionella antigua reflejada en el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de legionella (legionelosis).

Veamos los cambio mas significativos:

Real Decreto 614/2024 normativa Legionella

A continuación, se detallan los puntos más importantes respecto a la normativa anterior RD 487/2022

1. Responsabilidad del explotador

En la normativa previa, el titular de la instalación (por ejemplo, el propietario) era el principal responsable de garantizar el cumplimiento de las medidas para prevenir la legionelosis. Con el nuevo decreto, se amplía esta responsabilidad también al explotador de la instalación, es decir, la persona o entidad que gestiona o mantiene el sistema, dependiendo de quién tenga la gestión efectiva de la misma.

Esto incluye obligaciones tanto legales como técnicas, lo que significa que si se incumplen las normas y se produce un brote de legionella, el explotador podría ser responsable tanto civil como penalmente. Este cambio busca repartir la carga de responsabilidad entre los diferentes actores involucrados en la operación de las instalaciones, asegurando que todos los implicados actúen de acuerdo con las normativas sanitarias.

Implicaciones:

Este ajuste refuerza el compromiso de los gestores y operadores de instalaciones, ya que estarán obligados a supervisar y garantizar las condiciones adecuadas de higiene, mantenimiento y control, evitando potenciales sanciones.

2. Acreditación para la toma de muestras

Una de las modificaciones más importantes en este Real Decreto 614/2024 es que las empresas encargadas de la toma de muestras de Legionella deben estar acreditadas por la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017 antes de 2030. Esta norma establece requisitos específicos para la competencia técnica de los laboratorios y asegura que las muestras se toman y analizan con criterios de calidad estandarizados, minimizando errores.

Plazo de transición: Para facilitar la adaptación de las entidades encargadas de realizar las tomas de muestras, se establece un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030 para que estas entidades puedan obtener la acreditación correspondiente

Ampliación de puntos de muestreo: El Real Decreto 614/2024 otorga a las autoridades sanitarias la capacidad de modificar o añadir puntos de muestreo en las instalaciones para fortalecer las medidas de control en función de la situación sanitaria

Implicaciones:

Esta acreditación es clave para mejorar la trazabilidad y fiabilidad de los resultados de las muestras. Además, garantiza que las empresas que realicen este tipo de servicio cumplan con los más altos estándares de calidad, reduciendo riesgos de diagnósticos erróneos que podrían llevar a un brote de legionelosis si no se controla de manera adecuada.

3. Modificaciones en los programas de muestreo

Otro de los puntos novedosos es la flexibilización de los requisitos de muestreo en instalaciones de agua sanitaria, particularmente en instalaciones de uso colectivo (como hoteles, hospitales o residencias).

Se permite una mayor flexibilidad en los protocolos de toma de muestras sin reducir la protección sanitaria, ajustándose mejor a las características de cada instalación. Esto implica que el plan de muestreo podrá adaptarse a la infraestructura, el uso y la demanda de cada sistema.

Implicaciones:

Este cambio facilita la labor de los gestores de instalaciones, permitiéndoles ajustar los procedimientos de muestreo a sus necesidades sin comprometer la seguridad.

Además, optimiza recursos al no imponer la misma rigidez de muestreo para todas las instalaciones, algunas de las cuales podrían tener un riesgo muy bajo de proliferación de legionella.

4. Depósitos de agua caliente sanitaria

Temperatura en los acumuladores de agua caliente: Se establece que el agua en los acumuladores debe mantener una temperatura mínima de 60 ºC en el caso de los sistemas de agua caliente sanitaria (ACS), y 70 ºC en los interacumuladores de doble tanque. Esto previene la proliferación de legionella en los depósitos de acumulación de agua

Accesibilidad a los elementos de acumulación de agua: Los acumuladores de agua con una capacidad superior a 750 litros deberán contar con una boca de registro accesible, con un diámetro mínimo de 400 mm, para facilitar las tareas de inspección, limpieza, desinfección y mantenimiento

Inspección y limpieza: La normativa también incluye un ajuste en los procedimientos de limpieza y desinfección, especificando que los depósitos acumuladores deben ser inspeccionados trimestralmente, sin que sea necesario vaciar los depósitos en todas las ocasiones

Implicaciones:

Esto representa un alivio para instalaciones grandes, como hoteles o fábricas, ya que no tendrán que realizar vaciados trimestrales, un procedimiento que podía ser costoso y que en ocasiones implicaba un desperdicio innecesario de agua.

Sin embargo, la normativa sigue exigiendo que se realicen inspecciones y controles periódicos, que aseguren la calidad del agua y eviten la proliferación de la legionella.

5. Plazos de control

El Real Decreto 614/2024 establece varios plazos para la adaptación de las instalaciones a la nueva normativa legionella 2024. Se establece que los Planes de Prevención y Control de Legionella (PPCL) deberán ser actualizados conforme a las nuevas directrices antes de julio de 2025. Por otro lado, las empresas que realicen la toma de muestras tendrán hasta 2030 para obtener la acreditación bajo la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017.

Implicaciones:

Estos plazos dan margen a las empresas y gestores de instalaciones para adaptarse a las nuevas normativas sin precipitarse, permitiéndoles planificar los cambios y asegurar que se cumplen los requisitos de control de calidad y prevención de riesgos sanitarios.

Los planes PPCL deberán actualizarse según las nuevas normativas para asegurar el cumplimiento y protección frente a la legionella, mientras que las empresas de toma de muestras tienen un plazo más amplio para adecuarse a las exigencias de acreditación.

6. Nuevos criterios para instalaciones de menor riesgo

El Real Decreto 614/2024 también introduce novedades para instalaciones consideradas de menor riesgo, como fuentes ornamentales y aspersores de riego, reduciendo las exigencias de mantenimiento y control de legionella en estas infraestructuras. Esto simplifica los protocolos para estos casos específicos, sin comprometer la seguridad sanitaria.

Implicaciones:

Al no exigir las mismas medidas estrictas a todas las instalaciones, la normativa se vuelve más eficiente, centrando los esfuerzos y recursos en aquellas instalaciones que realmente representan un mayor riesgo de proliferación de legionella.

7. Régimen sancionador:

Sanciones por incumplimiento: El decreto mantiene el régimen sancionador para los incumplimientos de las normativas sanitarias relacionadas con la legionelosis, lo que asegura que las instalaciones que no sigan los procedimientos adecuados puedan ser penalizadas conforme a la Ley 40/2015

normativa legionella 2024

¿A quiénes afecta la normativa legionella 2024?

Las instalaciones más afectadas por la nueva normativa incluyen edificios con sistemas complejos de agua, tales como hospitales, hoteles, residencias de mayores, y cualquier otra instalación con torres de refrigeración o sistemas de agua caliente sanitaria. Además, las empresas de mantenimiento y gestión de sistemas de agua también deben adaptar sus protocolos a las nuevas exigencias.

Consejos para la nueva normativa

– Contratar a Profesionales Cualificados: Como Gimasur, especializados en control de legionella. Asegúrate de que el personal responsable de la gestión y mantenimiento de tus instalaciones está debidamente cualificado y cuenta con formación actualizada.

– Realizar Auditorías Periódicas: Llevar a cabo auditorías periódicas te ayudará a identificar cualquier deficiencia en tus sistemas antes de que se convierta en un problema mayor.

– Mantener la Documentación al Día: La nueva normativa enfatiza la trazabilidad, por lo que es crucial mantener un registro detallado de todas las actividades de control y prevención realizadas.

Real decreto 614/2024 normativa legionella 2024

Conclusion, Real Decreto 614/2024 sobre normativa legionella 2024

Este Real Decreto 614/2024 normativa legionella 2024, modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

Mejorando la normativa anterior con un enfoque más equilibrado y adaptado a las diferentes tipologías de instalaciones.

Refuerza la responsabilidad compartida, asegura la competencia técnica en la toma de muestras y flexibiliza algunos requisitos que anteriormente eran rígidos o difíciles de cumplir en determinadas circunstancias.

Esto contribuye a una mejor prevención y control de legionella, sin generar una sobrecarga administrativa o técnica para los operadores y gestores de instalaciones

Fuente BOE

Tabla resumen Real Decreto 614/2024

Puntos Clave Descripción
Responsabilidad del explotador La responsabilidad se amplía al explotador de la instalación, además del propietario. Esto reparte la responsabilidad entre todos los actores implicados en la gestión de las instalaciones.
Acreditación para la toma de muestras Las empresas encargadas de la toma de muestras deberán estar acreditadas bajo la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017 antes de 2030.
Modificaciones en los programas de muestreo Se flexibilizan los requisitos de muestreo en instalaciones de uso colectivo (hoteles, hospitales), permitiendo que los planes se adapten a las características específicas de cada instalación.
Temperatura y accesibilidad en acumuladores Los acumuladores de agua deben mantener una temperatura mínima de 60 ºC (ACS) y 70 ºC (interacumuladores). Además, se exige una boca de registro de 400 mm para facilitar la limpieza y mantenimiento de depósitos de más de 750 litros.
Plazos de adaptación Las instalaciones deben actualizar sus Planes de Prevención y Control de Legionella (PPCL) antes de julio de 2025.
Instalaciones de menor riesgo Se simplifican los protocolos de control para instalaciones de menor riesgo, como fuentes ornamentales y aspersores de riego, sin comprometer la seguridad sanitaria.
Régimen sancionador Se mantienen sanciones por incumplimiento de las normativas sanitarias, alineadas con la Ley 40/2015. Las empresas y operadores que no cumplan las normativas podrán ser penalizados.

 

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